05/30/2006

Lineamientos de Política de Seguridad de la Información

El Ministerio de Salud considera la información y sus formas de manejo, de vital importancia para el normal desenvolvimiento de la Institución. Por este motivo, establece que los activos de información y los activos de tratamiento de información son criticos y deben ser protegidos de todo tipo de amenazas, sean internas o exernas, deliberadas o accidentales. La seguridad de información, resultado de la implementación de la Política de Seguridad de la información, velará por preservar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información del Ministerio de Salud en todos sus medios de soporte y tratamiento.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 520-2006/MINSA

05/30/2006

Directiva administrativa para el correcto uso del correo electrónico en el Ministerio de Salud

El correo electrónico institucional es una herramienta de comunicación e intercambio de información institucional entre personas; no es una herramienta de difusión indiscriminada de información, con la excepción de los grupos de correo establecidos por la institución. La asignación de cuentas de correo electrónico institucional se solicitará utilizando el formato de Solicitud de Cuentas de Usuario. Ésta asignación se encuentra supeditada a la aprobación del Director General con el visto del jefe inmediato el área..

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 521-2006/MINSA

05/30/2006

Directiva administrativa para la administración del software en el Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud, a través de la Oficina General de Estadística e Informática, o quien haga sus veces en las Direcciones de Salud, Institutos, Hospitales y OPDs, realizará periódicamente la difusión de temas relacionados al uso de sofware legal y su importancia en la seguridad informática entre los usuarios de la institución a fin de crear conciencia entre sus usuarios sobre las normas de uso de software y las implicancias del activo de software en la institución.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 522-2006/MINSA

06/16/2006

Disposiciones generales para la transferencia de información de la gestión en Salud

La transferencia de gestion institucional es un proceso democrático, que permite organizar y entregar información sobre las acciones y resultados alcanzados por un equipo directivo, sustentada en una entrega documentaria completa, integral y transparente, que da cuenta del ejercicio administrativo, normativo y de acción en un período de tiempo determinado. Esto en consideración a que la atención en el sector salud, demanda respuestas inmediatas y sostenibles en la medida que están comprometidas la vida y el bienestar de las personas.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 566-2006/MINSA

06/20/2006

Directiva Administrativa de Gestión de la Seguridad de la Información del Ministerio de Salud

Preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad oportuna de los activos de información y de los activos de tratamiento de la información. El objetivo es establecer las disposiciones marco sobre la Seguridad de la Información en el ámbito del Ministerio de Salud y base para la formulación de normas específicas.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 575-2006/MINSA

07/25/2006

Directiva Administrativa para la Publicación y actualización de Información en el Portal del Ministerio de Salud

Facilitar el acceso a la información del Ministerio de Salud a las personas como parte del proceso de modernización institucional y en el marco de la transparencia de la gestión pública. Establecer el procedimiento para la actualización y publicación de información en el Portal del Ministerio de Salud.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 687-2006/MINSA

09/26/2006

Directiva Administrativa para el Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Cómputo y Comunicaciones del Ministerio de Salud

Promover la planificación de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de cómputo y comunicaciones utilizados en el Ministerio de Salud para lograr su óptimo funcionamiento, la continuidad en el servicio y la protección de la información procesada y almacenada en ellos.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 912-2006/MINSA

10/17/2006

Inclusión de la Variable “Pertenencia Étnica” en la Información Oficial del Ministerio de Salud

La población indígena de América latina y del Caribe oscila entre los 45 y 50 millones de personas. El 90 % se encuentra en América Latina y el Caribe. En esta región los países que tienen el mayor porcentaje de población indígena (40 % a 70 %) son Bolivia, Guatemala, Perú y Ecuador.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 971-2006/MINSA

10/02/2005

Direciva que establece el Procedimiento de Atención de Solicitudes sobre acceso a la Información Pública

Establecer el procedimiento de atención de solicitudes de información de acceso publico que el Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados produzcan o tengan en su poder. Establecer las responsabilidades del presonal con relación a la entrega de información de acceso público.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 825-2005/MINSA

01/26/2004

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 065-2004/MINSA

CONSIDERANDO:Que, el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, señala que la mencionada Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú;Que, los numerales 2 y 3 del artículo 3° del acotado dispositivo, precisan que el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 065-2004/MINSA

02/04/2003

Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública

El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de cientoveinte (120) días, actualizará los reglamentos de Adecua-ción Tecnológica de las Normas de Seguridad contra In-cendios contenidas en el Reglamento Nacional de Construcciones de Seguridad Industrial y el de Transporte deMateriales Peligrosos.

LEY Nº 27806

08/03/2002

Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública

La presente Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en elnumeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú. El derecho de acceso a la información de los Congre-sistas de la República se rige conforme a lo dispuesto porla Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso.

LEY Nº 27806

01/01/2000

Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

rtículo 1o.- Créase el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo al mandato de los artículos 177o. y 183o. de la Constitución Política del Perú. El registro es un organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera.Artículo 2o.- El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es la entidad encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Con tal fin desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la información.

LEY N° 26497

08/18/1992

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud

El presente Reglamento determina los objetivos, funciones y estructura del Ministerio de Salud.Las disposiciones contenidas en él son de cumplimiento obligatorio por parte de las unidadesorgánicas que conforman el Ministerio a Nivel Central, Regional y Local; así como por losOrganismos Públicos Descentralizados del Sector, en lo que les corresponda.

DECRETO SUPREMO Nº 002-92-SA